Resumen: |
Pleito ejecutivo promovido ante el Alcalde y Juez Ordinario de la villa de Elorrio por Andrés de Querescano contra Juan de Urquiza, sobre pago de cantidades. Se opone Catalina de Betosolo, vecina de Elorrio, y su curador ad litem Juan de Garaizabal. En estas diligencias se da el auto en grado de apelación promovido ante el Corregidor de Vizcaya por Bartolomé de Arbolancha, en nombre de Juan de Garaizábal, como curador de Catalina de Betosolo, de los procedimientos causados en este pleito. |
Incluye: |
Escritura de obligación de pago de cantidades otorgada por Juan de Urquiza, vecino de Elorrio, a favor de Andrés de Querescano, de esta vecindad, en dicha villa, el doce de marzo de 1632, ante Antonio de Garaizabal. Memorial de las cantidades pagadas y gastadas por Andrés de Querescano en la causa de Juan de Urquiza, desde el uno de febrero de 1632. Dos recibos emitidos por Pedro de Urquijo y otro que justifican las cantidades pagadas por Andrés de Querescano, dados en el mes de marzo de 1632. Declaración y liquidación realizada por Antonio de Areizaga, por parte del Alcalde de la villa de Elorrio en rebeldía de Juan de Urquiza, y Domingo de Guerra Bolibar, por parte de Andrés de Querescano, todos ellos vecinos de Elorrio, de las cantidades que Juan de Urquiza debe a Andrés de Querescano, en dicha villa, el quince de noviembre de 1632. Expediente de discernimiento de curaduría de Catalina de Betosolo. Se nombra curador ad litem a Juan de Garaizabal, vecino de Elorrio, en ella, el veintiséis de noviembre de 1635, ante el Alcalde y Juez Ordinario de dicha villa. Testimonio del reconocimiento realizado por Pedro de Betosolo, vecino de Abadiano, de su hija natural Catalina, nacida siendo viudo de su unión con Catalina de Urquizu, en Elorrio, el dieciséis de septiembre de 1638, ante Cristóbal de Bazán. Escritura de fianza otorgada por Andrés de Querescano, vecino de Elorrio, a favor de Juan de Uribe, de esta vecindad, en dicha villa, el veinticinco de octubre de 1638, ante Antonio de Garaizabal. |